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Fundación Nantik Lum valora el papel de la empresa en la sociedad como agente fundamental para ayudar a erradicar la pobreza en el mundo. Desde la Fundación Nantik Lum apoyamos a las empresas a ser socialmente responsables en beneficio de sus trabajadores, clientes, accionistas, proveedores … pero sobre todo en beneficio de los más necesitados.

La responsabilidad social corporativa  está apoyada por diversas iniciativas a nivel mundial.  A modo de ejemplo, os resaltamos:

  • Pacto Global de Naciones Unidas (1999): se trata de nueve principios fundamentales en Derechos Humanos, reformas laborales y políticas medioambientales a adoptar por las empresas.
  • El Libro Verde Fomentar un Marco Europeo para la Responsabilidad Social de las Empresas de la Unión Europea.
  • El Global Reporting Initiative, guía para elaborar memorias y auditorías empresariales de sostenibilidad ambiental y social.
  • Los índices bursátiles internacionales que reconocen la acción social de la empresas como el Dow Jones Sustainability (creado en 1999) que agrupa el 12% de las 2.500 empresas que cotizan en el Dow Jones.

¿QUÉ VENTAJAS Y BENEFICIOS OBTIENEN LAS EMPRESAS SOCIALMENTE RESPONSABLES?

Las empresas que colaboran con Fundación Nantik Lum integran sus responsabilidades de eficiencia económica, atendiendo a los valores, demandas y problemas de la sociedad. 

Las ventajas para las empresas socialmente responsables son:

1. Beneficio ético de la acción social al promover iniciativas de ayuda al desarrollo y al difundir el valor de la solidaridad en la sociedad.


2. Mayor motivación de los trabajadores, quienes se vinculan más con la propia empresa y sus valores solidarios, creando un mejor entorno laboral.


3. Mejora de la imagen corporativa, aumentando la notoriedad y simpatía hacia la entidad por parte de sus clientes, accionistas, proveedores y trabajadores.


4. Beneficios fiscales previstos en la ley. Los donativos de personas jurídicas a entidades sin fines lucrativos como Fundación Nantik Lum se rigen por la Ley 49/2002 del 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (artículos 20 y 25).