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Empresas
Colaboradoras
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Responsabilidad social
corporativa
Fundación Nantik Lum valora el papel de la empresa en la sociedad como agente fundamental para ayudar a erradicar la pobreza en el mundo. Desde la Fundación Nantik Lum apoyamos a las empresas a ser socialmente responsables en beneficio de sus trabajadores, clientes, accionistas, proveedores … pero sobre todo en beneficio de los más necesitados.
La
responsabilidad social corporativa está apoyada por diversas iniciativas a nivel mundial.
A modo de ejemplo, os resaltamos:
- Pacto
Global de Naciones Unidas (1999): se trata de nueve
principios fundamentales en Derechos Humanos, reformas laborales
y políticas medioambientales a adoptar por las empresas.
- El Libro
Verde Fomentar un Marco Europeo para la Responsabilidad
Social de las Empresas de la Unión Europea.
- El Global
Reporting Initiative, guía para elaborar memorias y
auditorías empresariales de sostenibilidad ambiental y social.
- Los índices
bursátiles internacionales que reconocen la acción social
de la empresas como el Dow Jones Sustainability (creado
en 1999) que agrupa el 12% de las 2.500 empresas que cotizan
en el Dow Jones.
¿QUÉ VENTAJAS Y BENEFICIOS
OBTIENEN LAS EMPRESAS SOCIALMENTE
RESPONSABLES?
Las empresas que colaboran con Fundación Nantik Lum integran sus responsabilidades de eficiencia económica, atendiendo a los valores, demandas y problemas de la sociedad.
Las ventajas para las empresas socialmente responsables son:
1. Beneficio ético de la acción social al promover iniciativas de ayuda al desarrollo y al difundir el valor de la solidaridad en la sociedad.
2. Mayor motivación de los trabajadores, quienes se vinculan más con la propia empresa y sus valores solidarios, creando un mejor entorno laboral.
3. Mejora de la imagen corporativa, aumentando la notoriedad y simpatía hacia la entidad por parte de sus clientes, accionistas, proveedores y trabajadores.
4. Beneficios fiscales previstos en la ley. Los donativos
de personas jurídicas a entidades sin fines lucrativos como
Fundación Nantik Lum se rigen por la Ley 49/2002 del 23
de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines
lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (artículos
20 y 25).
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